Radica queja CEDH, en contra de FEPADE por instigar periodistas nayaritas
La Comisión Estatal de Derechos Humanos en cumplimiento a su obligación Constitucional y legal, ha iniciado las acciones procedentes a efecto de contrarrestar y erradicar los actos que pueden debilitar o inhibir la libertad de expresión o sean tendientes a evitar la difusión de la noticia; del mismo modo, impedir que se cometan abusos en contra de los periodistas que busquen limitar la actividad informativa que éstos desempeñan.
El Obturador de Nayarit// Luis Villegas // Jueves 27 de Octubre del 2016.- La Comisión de
Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit, al advertir la
denuncia realizada a través de diversos medios de comunicación, sobre la
presunta violación a derechos humanos consistentes en Violaciones a la Libertad
de Expresión, cometida en agravio de los Directores, Periodistas, y Comunicadores
del Grupo de Radio Corita, Periódico Realidades de Nayarit, Grupo Radiorama,
Diario Critica, y de otros comunicadores de esta Entidad Federativa, ha
radicado queja en contra de la autoridad considerada presunta responsable de
cometer tales actos, como lo es, la Fiscal Orientadora adscrita a la Unidad de
Atención y Determinación Inmediata de la Fiscalía Especializada para la
Atención de los Delitos Electorales (FEPADE), de quien se reclama actos
tendientes a debilitar o inhibir la libertad de expresión, al citar a los
agraviados con el objeto de que revelen sus fuentes de
información y otorguen nombres de sus plantillas o padrón de reporteros que
trabajan en dichos medios de comunicación, para efecto de que declaren como
responsables por notas periodísticas publicadas días anteriores, en donde se
realizó una critica a las funciones públicas y desempeño que han venido
realizando las Consejeras Estatales Electorales Irma Carmina Cortes Hernández,
Claudia Zulema Garnica Pineda y Ana Georgina Guillen Solís.
En este contexto, la Comisión Estatal de
Derechos Humanos en cumplimiento a su obligación Constitucional y legal, ha
iniciado las acciones procedentes a efecto de contrarrestar y erradicar los
actos que pueden debilitar o inhibir la libertad de expresión o sean tendientes
a evitar la difusión de la noticia; del mismo modo, impedir que se cometan abusos
en contra de los periodistas que busquen limitar la actividad informativa que
éstos desempeñan.
El Ombudsman señalo que entre los aspectos
fundamentales de la libertad de expresión está la potestad jurídica que tiene
toda persona de hablar sobre cualquier tema, sin que el Estado y sus
autoridades le impidan o le restrinjan ese derecho. Sobre este particular, el
artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece que “la manifestación de las
ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”; es
decir, que ninguna autoridad administrativa o judicial esta facultada para
investigar o averiguar a una persona por manifestarse en algún sentido, salvo
en los casos que se afecte a la moral, derechos de terceros y perturbe el orden
público.
Si bien la autoridad ministerial ejerce
sus facultades para la investigación de los delitos, es importante delimitar
los criterios que la autoridad puede utilizar para citar a periodistas, toda
vez que debe respetarse el derecho de los comunicadores a la reserva de su
fuente, sin que sea admisible que la facultad persecutoria de los delitos pueda
ejercerse sin límite alguno, o que el Estado pueda valerse de cualquier
procedimiento para alcanzar sus objetivos.
Por tanto, la posibilidad que un
periodista se reserve el origen de una información determinada; también es un
presupuesto del derecho a la libertad de expresión, así como de la integridad y
el ejercicio libre de su profesión o actividad por la que haya tenido acceso a
dicha información.
Con la radicación de la investigación por
los actos presuntamente violatorios al derecho a la libertad de expresión,
dicho Organismo Autónomo reitera el compromiso que tiene con la sociedad y con
los periodistas y comunicadores de esta Entidad Federativa, de evitar el
menoscabo o restricción al derecho a buscar, recibir y difundir información e
ideas de toda índole y pone de manifiesto que no se tolerara ningún intento o
acción por parte de algún servidor público, en el ámbito individual o
colectivo, que contribuya a disminuir o debilitar los derechos de los
periodistas, cuando ejercen su libertad de expresión.
Radica queja CEDH, en contra de FEPADE por instigar periodistas nayaritas
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El Obturador de NaYARIT
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5:27:00 p.m.
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